Hoteles y restaurantes de la Ciudad podrán solicitar la exención del ABL y el Impuesto Inmobiliario durante el primer semestre de 2026

Elena

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuso una exención del pago del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) para hoteles, restaurantes y otros establecimientos gastronómicos durante el primer semestre de 2026, en una medida orientada a aliviar la carga tributaria de un sector considerado clave para el empleo y la economía local.


El beneficio surge de las Cláusulas Transitorias 1 y 2 de la Ley 6.926 y alcanza a las cuotas correspondientes a los meses de enero a junio del corriente año. Al igual que ocurrió durante la pandemia, la iniciativa apunta a acompañar a una actividad que enfrenta elevados costos operativos y márgenes ajustados.

La exención no es automática: debe ser solicitada por los contribuyentes ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y está limitada a aquellos establecimientos que cumplan con los requisitos previstos en la normativa. Podrán acceder restaurantes, bares, hoteles, hospedajes, heladerías y locales afines, siempre que la actividad esté debidamente declarada y codificada según el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), y que se desarrolle efectivamente en el inmueble por el cual se pide el beneficio.

El trámite se realiza a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), del Sistema de Documentos Electrónicos (SADE) y el plazo para presentar la solicitud vence el 31 de marzo de 2026. Entre los datos requeridos se encuentran el número de partida inmobiliaria, el domicilio de explotación inscripto en el Registro de Domicilio de Explotación (RDE), la fecha de inicio y finalización del contrato de locación o comodato, en caso de corresponder, el nombre o razón social del locatario o comodatario, su CUIT y la actividad declarada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Impacto económico en hoteles y restaurantes

Desde el punto de vista económico, el alivio puede ser significativo. En los casos en que los contribuyentes hayan abonado de manera anticipada el Impuesto Inmobiliario y el ABL bajo la modalidad de pago anual, la resolución de la AGIP prevé el reconocimiento de un crédito fiscal equivalente a seis doceavas partes del monto ingresado. Ese crédito será imputado de oficio para la cancelación de obligaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2027.

El Gobierno porteño señaló que la medida fue impulsada a través del Ente de Turismo de la Ciudad y se fundamenta en el rol estratégico del sector hotelero y gastronómico como generador de puestos de trabajo y dinamizador de la actividad económica local.

El alcance real del beneficio y su impacto en la reactivación del sector comenzarán a verse en los próximos meses, especialmente entre los pequeños y medianos emprendimientos que enfrentan una fuerte presión impositiva en un contexto de costos en alza y consumo todavía contenido.

Foto de apertura: Elena, el resturante del Hotel Four Seasons en Buenos Aires.


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